CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN

La Guerra de la Independencia y los comienzos de la revolución liberal.
La Constitución de 1812.

Introducción.
1. Los antecedentes de la Guerra.
2. Fases y desarrollo de la Guerra de la Independencia.
3. El gobierno de José Bonaparte.
4. El proceso de convocatoria de las Cortes de Cádiz.
5. La Constitución de 1812.
6. Otras disposiciones legales de las Cortes.
7. Conclusión.

Introducción
La Guerra de la Independencia (1808-1814) supone el principio del fin del Antiguo Régimen en nuestro país. Se desarrolla dentro de un contexto histórico internacional, el Imperio Napoleónico, pero también es a su vez, el contexto histórico de las Cortes de Cádiz. Durante la guerra el pueblo español adquirió conciencia de su entidad nacional y de su soberanía ante el dominio francés y la falta de su Rey.
La obra legislativa de las Cortes de Cádiz supone la aparición de la primera constitución de carácter liberal de nuestro país. Dentro del estudio del liberalismo en España, las Cortes de Cádiz se en cuadra en la fase de aparición del liberalismo político. En los siguientes temas (periodos) estudiaremos el establecimiento, la evolución y el desarrollo del liberalismo.
1. La situación del país en el inicio de la Guerra. Antecedentes de la Guerra.
A finales de 1807 la situación interna del país era caótica. Los efectos de la crisis demográfica se hacían notar en la caída de la natalidad y en la elevada mortalidad, debida a las sucesivas guerras, hambrunas y a la incidencia de las fiebres en el Sur. La situación económica también era de crisis: las guerras contra Inglaterra y el bloqueo continental provocaron la subida de los precios. A esta situación se unía la bancarrota de la Hacienda, motivada por el descontrol en el gasto del Estado y el endeudamiento originado por las sucesivas guerras que desde 1776 mantenía España.
También se produjo una crisis institucional. Godoy, ministro de Carlos IV, era criticado por todos los sectores sociales, afectando las críticas a la figura del propio Rey por mantenerle en el poder. Le hacían responsable de la gran crisis que atravesaba el país. La nobleza lo desprecia por su origen plebeyo y por apartarla del poder. A este grupo de oposición a Godoy se unió el propio heredero, D. Fernando Príncipe de Asturias, para conspirar contra el Rey y acabar con el Príncipe de la Paz. El clero no le perdona su afán desamortizador y que quisiera acabar con la Inquisición. El pueblo veía en la figura del heredero al salvador del país y de la dinastía, aunque desconocían los detalles de sus actividades conspiradoras hacia sus padres.
El tratado de Fontainebleau y el motín de Aranjuez.
El origen de la Guerra hay que buscarlo en 1807. El incumplimiento del bloqueo continental contra los productos británicos por parte de Portugal motivó que el Emperador decidiera ocupar este país. Napoleón se entrevistó con el zar Alejandro para repartirse las áreas de influencia europeas. Asegurado el frente oriental, en octubre de 1807 firma el Tratado de Fontainebleau. España permite que el ejército francés atraviese su territorio para conquistar Portugal.
La llegada a España de los ejércitos franceses, acuartelados en Burgos, Salamanca, Pamplona, San Sebastián y Barcelona, fue aprovechada por los conspiradores para dar el golpe definitivo a Godoy. En marzo de 1808 se produjo el llamado Motín de Aranjuez, tomando al asalto el palacio los partidarios de Fernando VII. Godoy fue detenido y Carlos IV se vio obligado a abdicar, cediendo la Corona a su hijo.
2. Fases y desarrollo de la Guerra de la Independencia.
El inicio de la Guerra:
Cuando Fernando VII restableció a sus partidarios en el Gobierno, destituyendo a los de Godoy, Napoleón decide entrevistarse con Fernando VII y Carlos IV en Bayona. Las Abdicaciones de Bayona suponen la renuncia de Fernando VII y Carlos IV al trono español tras los acontecimientos del 2 de mayo, pasando la corona a José Bonaparte. Las únicas condiciones que consiguió incluir Carlos IV en su renuncia fueron la de la unidad de los dominios españoles y la exclusividad de la religión católica, a cambio, obtuvo varios castillos en Francia y una gran renta. Fernando, que para la mayoría de los españoles estaba secuestrado, inició en Valençay un exilio dorado.
El levantamiento del 2 de mayo en Madrid se produce tras la salida de los miembros de la familia real. Los rumores sobre la partida forzosa produjeron un alboroto en las puertas de palacio. Murat dio órdenes de disparar contra los alborotadores. A partir de ahí se generalizaron las luchas callejeras y el levantamiento contra los franceses.
En esta lucha intervino exclusivamente el pueblo, mientras que las clases pudientes se escondieron. Incluso el ejército permaneció al margen, sólo los capitanes Daoiz y Velarde desobedecieron las órdenes y se sublevaron. Sofocada la revuelta, Murat iniciaba una dura represión, representada por Goya en su obra: Los fusilamientos del 3 de mayo.
Murat creía que una dura represión acabaría con cualquier intento de rebelión, pero se equivocó. El Consejo de Castilla, la Junta de Gobierno, los altos funcionarios, la jerarquía eclesiástica y casi todos los mandos militares acataron las órdenes de los franceses, pero el pueblo no reaccionó de la misma forma. La abdicación de Fernando VII se interpretó como una renuncia forzada. A finales de mayo casi todas las ciudades españolas se habían sublevado.
El desarrollo militar de la guerra
Frente a un ejército francés hasta entonces invencible, el ejército español, compuesto por unos 100.000 hombres, estaba en clara inferioridad. A su favor contaba con la forma de lucha, la guerrilla, y el apoyo de ingleses y portugueses. Cuando surgió la resistencia del pueblo español, el ejército francés no supo responder debido a que eran fuerzas inexpertas y a las propias disputas internas de los generales franceses.
En el desarrollo de la Guerra de la Independencia pueden distinguirse cuatro fases:
Primera fase. Abarca los meses iniciales de la guerra. Las primeras acciones francesas consistían en sofocar las revueltas urbanas surgidas por todo el país. A mediados de junio se inició el sitio de Zaragoza, cuya resistencia fue organizada por el general Palafox. En julio de 1808 las tropas del general Dupont son derrotas en Bailén. Era la primera vez que un ejército napoleónico era derrotado en campo abierto, por lo que el impacto internacional fue enorme. En agosto Verdier se veía obligado a levantar el sitio de Zaragoza y Wellington vencía a las tropas de Junot en Lisboa. Todo esto motivó que Napoleón trasladara 250.000 veteranos de la Gran Armada a Bayona para preparar la invasión.
Segunda fase. Napoleón atravesó la frontera en noviembre de 1808 al frente de sus mejores unidades. Pese a la resistencia que los españoles le ofrecieron en Somosierra, el 30 de noviembre dejaba abierto el camino hacia Madrid, rindiéndose el 4 de diciembre. Napoleón evitó cualquier tipo de humillación sobre el pueblo de Madrid, presentándose como un benefactor y no como un conquistador: no organizó el habitual desfile de los vencedores, garantizó la vida y los bienes de los vecinos, aseguró la exclusividad de la religión católica, dictó decretos para acelerar las reformas sociales y económicas, consiguió fondos para reparar los daños que ocasionaba la guerra...
Tras asegurar Madrid, Napoleón prosiguió su campaña en el Norte para acabar con el ejército inglés que intentaba romper la comunicación francesa en la frontera. Mientras, Zaragoza, el símbolo de la resistencia española, caía en manos de los franceses y era completamente arrasada. Napoleón abandona España ante la amenaza de una guerra en Austria. Pese a sus éxitos, el Emperador no había terminado la conquista.
La dispersión de los soldados españoles, que había sido decisiva para su derrota en campo abierto, iba a suponer a partir de ahora una ventaja para combatir desde la resistencia (táctica de guerrilla).
Tercera fase. Desde 1809 en adelante la guerra entra en una fase de desgaste caracterizada por la acción de la guerrilla, una forma de lucha nueva que sería decisiva para la victoria final de los españoles. Las partidas guerrilleras aparecen en 1808 como unidades de paisanos armados con el objetivo de mantener en jaque a los franceses. Se generalizan a partir de la campaña de Napoleón. Compuestas al principio por pocos hombres, irán creciendo al sumarse a ellas campesinos, bandoleros y soldados. Sus oficiales surgen del pueblo, entre aquellos que demuestran tener dotes de mando y habilidad táctica, pero también hay oficiales del ejército. En 1810 fueron reglamentadas por la Junta Central como unidades legales de la resistencia.
La importancia de la guerrilla radica en la táctica empleada. El guerrillero rehuye la batalla frontal por su inferioridad y opta por realizar repetidas emboscadas contra fuerzas reducidas del enemigo. Conoce a la perfección el terreno y cuenta con el apoyo de la población civil, que le suministra víveres, información y escondites, haciendo imposible su captura por parte de los franceses. Su efecto sobre el ejército francés es doble: por un lado, mina la moral de los soldados, que viven en tensión permanente, y por otro lado, obliga a mantener un elevado número de hombres dedicados a misiones de escolta, vigilancia y control de la retaguardia. Puede afirmarse que la guerrilla, término español que se ha extendido a todos los idiomas, fue decisiva para la derrota francesa.
Durante 1809 el mariscal Soult consigue derrotar en Ocaña al ejército que intentaba liberar Madrid. Esta victoria supone el inicio de la rápida campaña en Andalucía. En febrero de 1810 Soult finaliza la conquista de Andalucía, obligando a la Junta Central a trasladarse a Cádiz. Los refuerzos de Portugal, las condiciones defensivas naturales y amurallamiento con los que contaba la ciudad y el control del acceso marítimo por parte de los ingleses permitió a la ciudad resistir los ataques franceses. Es el momento en el que se convocan las Cortes de Cádiz.
- Cuarta fase. Comienza el declive francés. A la imposibilidad de tomar Cádiz, convertida en un símbolo de la resistencia, se unió el desgaste de las tropas. En 1812 Wellington avanzó por el Sur reconquistando Badajoz. Napoleón tomó una decisión trascendental para el desarrollo de la guerra al retirar 50.000 hombres para enviarlos a la campaña de Rusia. Wellington pudo avanzar hacia Salamanca y con la victoria en la batalla de los Arapiles abrió el camino hacia Madrid. Tras la derrota de Rusia, Napoleón retiró a 100.000 hombres para asegurar la defensa de Francia, dejando en inferioridad a su ejército frente al formado por españoles e ingleses en la Península.
En mayo de 1813 Wellington emprendió la ofensiva final, consumando la derrota francesa en junio con la batalla de Vitoria. Los ejércitos españoles avanzaban en todos los frentes y los generales franceses organizan la retirada de sus tropas en diciembre de 1813. Napoleón firma el tratado de Valençay (diciembre 1813) por el que restituye la Corona de España a Fernando VII y en abril de 1814 regresa a España. La guerra había terminado.
3. El gobierno de José Bonaparte.
La administración francesa en España está marcada por el vacío de poder que se produce en mayo de 1808. El gobierno de José I se caracteriza por su debilidad debido a que sólo controla las dos Castillas, el resto de las zonas están bajo el control de los generales franceses.
A esta dificultad se une el rechazo de la población española a su gobierno y las continuas intervenciones de su hermano en las decisiones tomadas por él. La acción gubernamental consistía en dirigir la guerra, organizar la administración y restablecer la situación financiera.
Con José I colaboraron los llamados afrancesados, españoles que apoyan al gobierno invasor al creer que acabaría con la crisis económica y establecería definitivamente el liberalismo en España.
Las principales medidas políticas las establece Napoleón y para tal fin reunió en Bayona a un grupo formado por eclesiásticos, nobles, militares y hombres ilustres del Antiguo Régimen para elaborar el llamado Estatuto de Bayona, que no pudo ser puesto en práctica por la inestabilidad existente. Entre las principales medidas políticas destacan: disolución del Consejo de Castilla, supresión de la Inquisición, reducción de los conventos existentes, abolición de la jurisdicción señorial y de las barreras aduaneras interiores, una nueva división administrativa y la venta de las tierras expropiadas para amortizar la deuda del Estado.
4. El proceso de convocatoria de las Cortes de Cádiz. 
Tras las Abdicaciones de Bayona (1808) se produce un vacío de poder en España al no aceptar la mayoría de los españoles a José Bonaparte como su rey legítimo. El pueblo reclama a las instituciones del Antiguo Régimen que asuman el poder en nombre de Fernando VII, pero el Consejo de Castilla y la Junta de Gobierno, que actúan como regentes, acataron la decisión de los soberanos (Carlos IV y Fernando VII) y se pusieron bajo la autoridad de José Bonaparte. Fue entonces, tras el levantamiento de mayo de 1808, cuando los españoles se vieron obligados a asumir la soberanía nacional y formaron sus propios órganos de gobierno para luchar contra el invasor francés, rompiendo así con las instituciones del Antiguo Régimen.
Surgen por todo el país las Juntas de Defensa, que se organizaron en Juntas Locales y Juntas Provinciales que gobernaron en sus respectivos territorios en nombre de Fernando VII. También se encargaron de organizar la resistencia contra los franceses. La población eligió para formarlas a personajes de prestigio: aristócratas, empresarios e intelectuales con ideas liberales. Una vez que se formaron en todo el país fue necesario organizarse a nivel nacional y para ello se creó una Junta Central Suprema que coordinaría todas las acciones políticas durante la guerra. La Junta se reunió en Aranjuez por primera vez y entre sus miembros destacan antiguos ministros ilustrados como Floridablanca y Jovellanos.
La Junta no reconoce a José I como rey de España y asume la regencia hasta la vuelta de su verdadero monarca. Sus acciones van dirigidas a organizar la resistencia: mando militar, organización de cuerpos de ejército, fondos económicos, conexión con el mando portugués e inglés, suministros para las tropas...  y las dirigidas a la reorganización política del país
Ante el avance francés (1810) la Junta Central Suprema se refugia en Sevilla y posteriormente en Cádiz, la única ciudad que, ayudada por los ingleses, resistía el asedio de los franceses.
La Junta Central se mostró incapaz de coordinar la resistencia y desarrollar las reformas políticas y administrativas necesarias, por lo que decide autodisolverse en 1810, tras la derrota de Andalucía, y entrega el poder a un Consejo de Regencia. Éste se encarga de coordinar las acciones de guerra y de crear una Comisión de Cortes con la finalidad de convocar unas Cortes Generales. Esta comisión establecerá la composición de las Cortes y el carácter de la Cámara, al tiempo que se realizaba una encuesta nacional para conocer la opinión del país sobre qué cambios debían hacerse.
La Comisión coincidió en que las Cortes debían ser constituyentes (elaborar una Constitución) y debían componerse de diputados elegidos por votación, pero no se pusieron de acuerdo sobre el sistema de sufragio y, sobre todo, sobre si debían ser Cortes unicamerales o bicamerales, unitarias o estamentales.
• Los partidarios liberales pretenden que sean unicamerales y la representación sea unitaria.
• Los partidarios del  absolutismo proponen dos cámaras y una representación estamental.
En un principio se decide que sean Cortes bicamerales y los representantes serán elegidos por sufragio universal entre los varones mayores de 25 años. Con la disolución de la Junta Central por la derrota en Andalucía, el Consejo de Regencia modificó su primer planteamiento y estableció la composición de las Cortes en una sola Cámara, gracias al ambiente liberal que predominaba en Cádiz. La primera sesión se celebrará el 24 de septiembre de 1810.
La composición de las Cortes resulta difícil de precisar, porque no se han conservado listas precisas de los diputados. El número de diputados varía con el tiempo ya que muchos de ellos no podían atravesar las líneas francesas para poder llegar a Cádiz, adoptándose la solución de que fueran sustituidos por los refugiados que estaban en la ciudad y procedían de las provincias de los diputados ausentes.
En cuanto a su origen social, había una mayoría procedente de las capas medias urbanas: funcionarios, abogados, comerciantes y profesionales liberales. También un centenar de eclesiásticos y unos cincuenta miembros de la aristocracia, cada uno de ellos defendería en las Cortes las ideas del grupo social al que representaba, aunque la ideología liberal era la predominante.
El ambiente revolucionario y patriótico de Cádiz, la ciudad más cosmopolita del país y símbolo de la resistencia, permitió que el ideario liberal pudiera manifestarse en la Constitución de 1812: los liberales creen en el principio de la felicidad, en el progreso material y en la libertad individual como aspiración de todos los hombres. Los liberales defienden como derecho fundamental de los hombres el poder aspirar a la riqueza y la propiedad privada, individual y libre (Liberalismo económico).
Para que todos puedan acceder libremente a la riqueza, es necesario que existan unas reglas que garanticen dicha libertad: son las leyes del mercado (ley de la oferta y la demanda). También es necesario que exista una situación legal que garantice a todos las mismas posibilidades para acceder a los cargos públicos y al poder político (principio liberal de igualdad).
5. La Constitución de 1812.
En la sesión inaugural (24/09/1810), los diputados proclamaron que representaban la soberanía nacional, afirmaron el carácter constituyente de las Cortes por lo que emprendieron la elaboración de una Carta Magna. Sin embargo, la Cámara también realizó a lo largo de este periodo una importante legislación ordinaria que completó las medidas de la Constitución.
La Constitución de 1812 afirma su base en la tradición española medieval, según se indica en el preámbulo. Su rasgo más característico es la enorme extensión del texto. Los diputados de Cádiz, conscientes del cambio trascendental que suponía un nuevo sistema político y social, prefirieron un texto meticuloso que fijara con claridad todos los aspectos que consideraban esenciales, muchos de ellos impropios de una Constitución. Así, el texto final, aprobado el 19 de marzo de 1812 (La Pepa), constaba de 10 títulos y 384 artículos.
El texto constitucional plasma también el compromiso existente entre sectores de la burguesía liberal y el clero. Este compromiso se manifiesta en la aceptación de los principios liberales, por parte de los representantes eclesiásticos, y el reconocimiento de los derechos de la religión católica, por parte de los representantes más liberales.
La Constitución de 1812 constituye un ejemplo de constitución liberal, inspirada en los principios de la francesa de 1791, pero más avanzada y progresista en su momento. La Constitución pretendía regular el ejercicio del poder y conseguir una reordenación de la sociedad.
Sus principales aspectos son los siguientes:
La afirmación de que la soberanía «reside esencialmente en la Nación» (soberanía nacional).
Igualdad ante la ley de los españoles de ambos hemisferios.
La división de poderes: se declara el Estado como una «monarquía moderna hereditaria», y se separan los tres poderes. Rompe con el absolutismo, característico del Antiguo Régimen.
El poder legislativo reside en «las Cortes con el Rey». El Rey puede promulgar, sancionar y vetar las leyes (mutuo acuerdo).
El poder ejecutivo reside en el Rey, que nombra libremente a sus Secretarios, quienes responden en teoría ante las Cortes, pero no pueden ser cesados por éstas, por lo que no hay un control del Gobierno por parte de las Cortes (absolutistas).
En el artículo 172 se recogen hasta doce limitaciones expresas a la autoridad real (no poder suspender o disolver las Cortes, abdicar o abandonar el país sin permiso de ellas, llevar una política exterior no supervisada por la Cámara, contraer matrimonio sin su permiso o imponer tributos...), rompe de esta forma con el poder absolutista del Antiguo Régimen (liberales).
El poder judicial reside en los tribunales. Se reconocen el fuero eclesiástico y el militar como jurisdicciones especiales (conseguido por sus representantes en las Cortes).
Se recoge explícitamente la confesionalidad y exclusividad de la religión católica.
La Constitución establece un Ejército permanente regulado por las Cortes ya que dependen del erario público (Tesoro Público).
Junto a él se establece la Milicia Nacional, organizada en provincias, con un doble objetivo: reforzar al Ejército en caso de guerra, y servir de cuerpo de defensa del Estado liberal. Depende directamente del Rey y de las Cortes, no de la cadena de mando militar.
La representación nacional reside en las Cortes, que son unicamerales y sus representantes serán elegidos por sufragio universal indirecto entre los varones españoles mayores de 25 años.
Los diputados deberán ser españoles y serán elegibles quienes tributen a la Hacienda una determinada cantidad (elegibilidad censitaria). Las Cortes se reúnen automáticamente durante un mínimo de tres meses al año y tienen un mandato de dos años.
Los Regidores (alcaldes) serán elegidos por la población.
Se establecen las Diputaciones Provinciales y sus Jefes Políticos (Gobernadores Civiles) actuarán como intermediarios entre la Administración del Estado y las provincias.
6. Otras disposiciones legales de las Cortes de Cádiz.
Además del texto constitucional, las Cortes de Cádiz aprobaron una serie de leyes y decretos destinados a establecer un Estado liberal, completando así la tarea legislativa de la Constitución aprobada en 1812:
La abolición del régimen jurisdiccional. Se eliminaron los derechos jurisdiccionales, pero en la práctica las tierras que estaban sujetas o vinculadas a estos derechos se convertían en propiedades privadas de los señores, de esta forma los señores saldrían ganando porque sustituyeron los derechos señoriales por rentas sobre tierras que nunca podrían haber demostrado que eran suyas.
La desamortización de bienes de propios y baldíos. Su objetivo era amortizar la deuda del Estado y recompensar a los militares retirados. No llegó a ser aplicada (relacionar con tema desamortizaciones).
La eliminación del mayorazgo declaraba la propiedad libre y sólo atribuible a particulares.
La supresión de los gremios. Se decretó el derecho a disponer del propio trabajo, acorde con los principios del liberalismo económico. Se estableció la libertad de producción, de contratación y de comercio. Pero bajo ese principio se abría la posibilidad del libre empleo (abusos y explotación de mano de obra).
La libertad de imprenta (aprobada en 1810). Se concebía como función al servicio de la opinión pública pero las cuestiones religiosas serían supervisadas por unas juntas provinciales de censura.
La legislación religiosa fue abundante por la necesidad de reformar la Iglesia española. Las Cortes establecieron el principio de intervención del Estado para disponer reformas y acabar con la injusta distribución de las rentas, la desigual distribución del clero, el bajo nivel de instrucción de éstos... La supresión de la Santa lnquisición y la desamortización de bienes eclesiásticos.
7. Conclusión
La Constitución de 1812 será un ejemplo para muchas constituciones europeas y americanas en los años posteriores. Se constituye en el modelo a seguir para las futuras constituciones dentro del proceso de instauración del liberalismo en la España del siglo XIX.
La Constitución de 1812 solo tuvo tres períodos de vigencia: 1812-1814 desde su aprobación hasta el final de la Guerra de la Independencia; 1820-1823 durante el Trienio Constitucional o Liberal; 1836-1837 durante el gobierno progresista en la primera Guerra Carlista.
A pesar de su importancia, la obra de las Cortes no tuvo una gran repercusión en la población española. Esto se explica por distintos factores: el desconocimiento general de la tarea legislativa realizada en Cádiz, el analfabetismo de la población española y la fe ciega que tenía el pueblo en su Rey (Fernando VII El deseado). Estos factores explican la facilidad que tuvo Fernando VII para anular la Constitución y restablecer el absolutismo una vez que regresa a España en 1814.
Este acontecimiento histórico supone el principio del ciclo liberal que se desarrollará en España desde este momento, principios del siglo XIX, hasta la promulgación de la Constitución de 1978, nuestra Constitución.